Procedimientos para aparatos personales de comunicación de estudiantes

electronic device policy spanish

 

Según la ley HB 1481 aprobada durante la sesión legislativa 89a, todo distrito escolar deberá adoptar una norma que prohíba el uso de todo aparato de comunicación  personal en propiedad escolar durante el día escolar. 

Efectivo el 12 de agosto de 2025, el primer día de clases, según la norma de consejo escolar FNCE (Local):

CFBISD prohibirá el uso de todo aparato personal de comunicación de los estudiantes, incluyendo, pero no limitándose a teléfonos celulares, relojes “Smart”, monitores de condición física, tabletas, laptops o cualquier otro aparato electrónico de telecomunicación o digital. CFBISD exigirá que todo estudiante deje su aparato de comunicación personal en casa, o que lo apague y lo guarde en una mochila o en un casillero mientras esté en la escuela. Esta regla no aplica a aparatos distribuidos por el distrito escolar. Esta regla entra en vigor para todo estudiante durante el día escolar desde la primera campanada hasta la última.

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